jueves, 3 de enero de 2013

OTRA VEZ REPRESIÓN EN ANDALGALÁ - CATAMARCA


OTRA VEZ REPRESIÓN EN ANDALGALÁ - CATAMARCA
31-12-12
Comunicado de Prensa

Conciencia Solidaria se solidariza con el pueblo andalgalense que, una vez más, fue cobardemente reprimido, por ejercer su derecho de defender la Vida.

Fue este sábado 29 de diciembre, durante la Caminata por la Vida - nº 161-, caminata que sábado a sábado realizan los pobladores de Andalgalá en oposición a la megaminería metalífera a cielo abierto, destructora de la Vida en todas sus formas.



En su comunicado de ayer 30/12, la Asamblea El Algarrobo expresa: 

“El Nuevo Lema de los Gobiernos es REPRIMIR AL PUEBLO.
Durante el año 2012, Tinogasta, Belén, Santa María, Fuerte Quemado y Cerro Negro fueron el foco de continuas ACCIONES REPRESIVAS, anoche por 3ra vez, Andalgalá formó parte de este proceder.
Hermanos Argentinos, seguimos sosteniendo que estamos ante una Nueva Dictadura, “LA DICTADURA MINERA”, donde los únicos protegidos son las Empresas Multinacionales, y donde el derecho de los PUEBLOS NO EXISTE.
El Propio Pueblo es quien tiene que salir a defenderse, siempre desde la Libertad y la “Justicia”. Hoy en Andalgalá - Catamarca, esos VALORES están quebrantados porque quedó demostrado que las fuerzas del orden en manos de quienes defienden lo indefendible intentan dominar la fuerza popular, coartando todo tipo de EXPRESIÓN.
En la noche del sábado 29/12/12, en la caminata 161, el pueblo cansado de que se le impidiera el paso por sus propias calles, sorteó los vallados policiales. La policía lejos de acatar el mandato popular se abalanzó con palos y golpes contra mujeres, adultos mayores y niños con inusitada violencia y saña.
Transcurridas ya 24 horas de tal abuso y represión ninguna autoridad pública, incluido el intendente de la ciudad de Andalgalá, dió explicaciones ni han respondido por los violentos actos de la policía en la noche de ayer. Muy por el contrario, durante este año la persecución, la criminalización de la protesta y la militarización de nuestra ciudad se impuso categóricamente sin que las autoridades se expresaran al respecto, o utilizaran los medios jurídicos y legales con que cuentan, para garantizar la seguridad de sus ciudadanos, como así también la libertad que nos asiste en nuestro derecho a manifestarnos.
A pesar del dolor, el desamparo y la indignación, somos conscientes que ganamos una nueva batalla, como hermanos y ciudadanos de un pueblo que jamás entregaremos a las multinacionales.
En Andalgalá no HAY NI HABRÁ LICENCIA SOCIAL. LA PAZ SOCIAL LLEGARA CUANDO LAS MINERAS SE VAYAN!!!
ANTE ESTA SITUACIÓN LO ÚNICO QUE CUENTA ES, SEGUIR LUCHANDO UNIDOS CON EL OBJETIVO DE DEFENDER EL AGUA, LA TIERRA Y LA VIDA.
¡¡¡ FUERA LA MEGA MINERÍA DE ARGENTINA !!!
¡¡¡ EL ACONQUIJA NO SE TOCA !!
¡¡¡ VIVA ANDALGALÁ !!”

En unidad al reclamo del pueblo andalgalense y al de todos los pueblos que incansablemente luchan para preservar la Vida, el Territorio y el Agua, Conciencia Solidaria hace un llamado a los medios de comunicación para que se sumen a la difusión y contribuyan a que situaciones como éstas no queden en el silencio y el olvido.

Contactos de la Asamblea El Algarrobo
03835 15401235
03835 15528071


Para mayor información comunicarse con:
Sandra Gioia
Coordinadora de Prensa de Conciencia Solidaria
(011) 15 3264 3601

SIN AGUA NO HAY VIDA.

Que hacer en caso de ser detenido



QUE HACER EN CASO DE SER DETENIDO


Estas son algunas recomendaciones jurídicas en caso de ser detenido

Artículo 18 de la Constitución Nacional: “Ningún habitante de la Nación podrá … ser arrestado sino en virtud de orden escrita emanada de autoridad competente…”


1.- PEDILE A LA POLICIA QUE SE IDENTIFIQUE Y TE INFORME PORQUE MOTIVO TE DETIENE.


En caso de que seas detenido, la policía tiene la obligación de identificarse, esto quiere decir que debe darte su nombre, cargo, Nº de legajo y por sobre todo DEBE DECIRTE POR QUE CAUSA TE DETIENE.

La causa de la detención puede deberse a que exista: 1) Sospecha de que hayas cometido un delito, en cuyo caso la policía esta obligada a dar inmediata intervención a un juez penal de tu situación de detención; 2) Que se te acuse de que hayas realizado una contravención prevista en el Código de Faltas (como por ejemplo: desorden, ebriedad, vagancia, etc), supuesto en el cual según el lugar en que sos detenido, (en Capital Juez Contravencional, en Provincia de Bs.As., Juez Correccional) debe dar intervención al juez que corresponda; c) que el policía te informe que tu detención es a los fines de acreditar tu identidad (nombre, DNI, etc.) o como comúnmente se denomina “averiguación de antecedentes”, por el que no podés estar demorado en la comisaría por más de 10 hs. en Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires por más de 12 hs.


2.- ES TU DERECHO NEGARTE A DECLARAR Y A NO EFECTUAR RECONOCIMIENTOS DE COSAS, LUGARES O PERSONAS.


El mismo artículo de la Constitución Nacional te brinda la garantía de negarte a declarar sin que ello implique presunción en tu contra (hayas hecho algo o no). Basta simplemente decir ante cualquier requerimiento de la policía, fiscal o juez “HAGO USO DE MI DERECHO CONSTITUCIONAL DE NEGARME A DECLARAR”. Si durante tu detención en la comisaría has recibido maltratos o golpes, esto no significa que no los puedas denunciar ante el Juez sino todo lo contrario, ni bien le dan intervención al juez, denuncia ante él todos los maltratos que hayas sufrido. Esto sirve, cualquiera fuere el lugar de tu detención tanto en Capital como en Provincia de Buenos Aires y cualquiera fuere el motivo de tu detención, sea por imputación de un delito, una falta o inclusive a fin de acreditar tu identidad.

Tu única obligación es identificarte ante la policía, fiscal o juez (tu nombre y apellido, número de documento y domicilio) cualquiera sea la zona de tu detención. Esta zona se denomina “jurisdicción”.

El domicilio. Es necesario que fijes un domicilio. El domicilio que elijas no necesariamente es el real (donde vivís), sino un lugar donde ante la visita de la Policía digan que vivís allí, que te conocen y que puedan recibir notificaciones sin que sean rechazadas. Es por esto que siempre es necesario tener presente un domicilio con tales características de antemano. El domicilio de Liberpueblo nunca puede ser usado para esto, entre otras cosas porque será el domicilio legal durante el juicio.

Tu negativa a declarar amparándote en el artículo 18 de la Constitución Nacional diciendo “HAGO USO DE MI DERECHO CONSTITUCIONAL DE NO DECLARAR” significa además que no te pueden obligar a reconocer personas, objetos o cualquier tipo de elementos, documentos, grabaciones, etc., y se encuentra protegida por la misma garantía constitucional. Por que cuando te negás a los reconocimientos el juez no puede decir que vos hayas aceptado o negado haber hecho algo o que las cosas que te muestran sean tuyas. Uno siempre tiene el derecho de reconocer o no lo que quiera con posterioridad cuando se esta llevando el juicio y con un abogado que te asesore todo el tiempo, sea el que te pone el Estado que se llama “defensor oficial” o el que ponen tus familiares.


3.- LA POLICIA NO PUEDE ENTRAR A TU CASA O A LUGARES DONDE VOS CONCURRAS SIN ORDEN ESCRITA DEL JUEZ. NEGALES EL ACCESO.


Nunca debes decirle a la policía que les permitís el ingreso. Sólo pueden ingresar contra tu voluntad si te muestran un papel escrito firmado por un juez en donde figure que están autorizados para entrar a tu casa, local partidario, local comercial, etc. Como así tampoco para que registren tu auto, cartas y demás cosas que te pertenezcan. Los jueces dicen que si vos permitís que ingresen es porque estas de acuerdo y lo llaman “registro voluntario”. La policía sólo puede entrar a tu casa con una orden de allanamiento y secuestros de cosas o requisas, que la haya hecho un juez y la policía solo puede ir a tu casa en horas del día (de sol a sol, salvo que en la orden escrita de allanamiento que la policía lleva, el juez autorice el mismo después de la caída del solo, sea la hora que sea).

Aún en este caso negarte a firmar el acta de allanamiento y secuestro de elementos. La policía que lleva la orden de allanamiento y secuestro de elementos. La policía que lleva la orden de allanamiento una vez que termina de estar en tu casa escribe en un papel lo que hizo y lo que encontró. De esta forma no aceptas lo que la policía escribió en ese papel en caso de que hayas dicho cosas que no son ciertas, irregularidades, que capaz que en el momento que entraron a tu casa no te diste cuenta.


4.- TENES DERECHO A LLAMAR A UN ABOGADO.-


En cualquiera de los casos de detención que hemos visto tenés derecho que un abogado te defienda. No pueden negarle al abogado que te visite y hable con vos y te diga que hacer. El abogado TIENE QUE ESTAR PRESENTE en todas las audiencias (por ejemplo la de indagatoria), o te hagan cualquier tipo de preguntas (no sean nombre y apellido, documento y domicilio) o firmar cualquier tipo de papeles. Es obligatoria la presencia de tu abogado (o el defensor oficial), no pudiéndose negar tal presencia. Si uno no conoce un abogado o la policía no te permitió llamar a alguno, el Estado tiene la obligación de nombrar un defensor oficial, que es un abogado que es nombrado por el Estado para que defienda y asesore a todas las personas que están detenidas o que sin estarlo tienen un causa penal y que no han designado un abogado particular.


5.- AÚN DETENDIO TENES DERECHO A HACER UN LLAMADO TELEFONICO PARA AVISAR A UN FAMILIAR, AMIGO O ABOGADO QUE ESTAS EN LA COMISARIA. LA POLICIA ESTA OBLIGADA A PERMITIRTE EL LLAMADO.


En cualquier caso tenés derecho a informarle a quien vos quieras por qué estas detenido y en que comisaría estás, en el primer caso podés hacer una llamada (acordate que con asterico *19 tenés cobro revertido) y en el segundo requerir que el personal policial, sea el que se comunique e informe a la persona que vos elijas e informe tu situación.

Si te atiende un contestador debes informar tu nombre, y donde estas detenido con la mayor precisión posible (número o dirección de la comisaría).

Tenés que tener de antemano un teléfono a quien avisar de tu familia u organización.

Si estás detenido y además incomunicado, igualmente tenés el derecho de comunicarte con tu abogado. La incomunicación tiene que estar fundamentada, esto quiere decir que el juez tiene que explicar porque motivo estas incomunicado y no te pueden tener más de 12 horas incomunicado y salvo en casos excepcionales te pueden tener incomunicado hasta un máximo de 48 hs.


6.- QUE HACER CUANDO TE HACEN FIRMAR PAPELES. APELACION DE RESOLUCIONES.


Aún sin que hayas estado con un abogado, te pueden hacer querer firmar un papel que se llama “sanción de arresto”, en estos casos, lo tenés que firmar escribiendo en el mismo papel “DEJO EXPRESA CONSTANCIA DE DISCONFORMIDAD”, de lo contrario puede perderse el término para apelar, que significa revisar por otro juez aquello que firmaste.

La formula más sencilla es escribir de puño y letra a continuación del texto que traen para que firmes, sin dejar espacio alguno, “ME NOTIFICO Y APELO”, o simplemente “APELO” y firmas.

Si el motivo de tu detención es porque dicen que cometiste un delito, debes negarte a firmar cualquier papel escrito que te traigan pues va a ver tiempo para que tu abogado durante el juicio repase todo y discuta qué es lo que se hizo en la etapa donde el fiscal prepara todo para acusarte.


7.- ANTES DE SER DETENIDO.


Debes tener un domicilio donde el que atienda diga conocerte y que vivís allí. Este domicilio no puede ser el de Liberpueblo.

Debes tener un teléfono de un familiar o de un compañero a quien avisar en caso de que te detengan.